El ministro de la Producción, Juan José Bertero, ante el Consejo Económico de la Cadena Láctea Santafesina, firmó la Resolución Ministerial que pone en marcha la implementación de las medidas estipuladas para dicha cadena de valor en el Decreto 1532/09.
En el acto se detallarán los alcances de estos lineamientos que apuntan a determinar la calidad del producto y a transparentar el mercado. El Decreto 1532/09 establece que el Ministerio de la Producción “definirá los valores composicionales y de calidad” de una Leche de Referencia. A su vez, “las industrias lácteas deberán publicar o exhibir los precios de la Leche de Referencia que pague al productor” e “informar los parámetros promedios de los valores composicionales y de calidad de la leche que los productores les remiten”.
El Ministerio de la Producción “divulgará los promedios de calidades de la materia prima entregada por los productores” inscriptos en el Registro. Esos valores surgirán de la información suministrada por las industrias. Asimismo , se crea una “red de laboratorios de servicios lácteos, con el fin de efectuar los controles de rutina de la materia prima de los productores inscriptos en el Registro”. Los productores deberán suscribir “acuerdos de control y verificación con alguno de los laboratorios de la red”.
La definición de la Leche de Referencia se hará “según criterios de técnicos idóneos, guiados por el Comité Técnico Asesor que trabaja en el Plan Piloto en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación, como también los que considere el Consejo Económico de la Cadena de Valor Láctea. Sus valores serán revisados periódicamente”, indica la norma.
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